Id caso
COL13
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Constitucional de Colombia- Sala Plena
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Tema
Un hombre argumentó que el artículo 72 de la Ley 633 de 2000 era inconstitucional porque el legislador, al habilitar a los desempleados y a los trabajadores independientes para que de manera voluntaria y por cuenta propia, se afiliaran a las cajas de compensación familiar, excluye el subsidio monetario de los beneficios a los que tales personas pueden acceder.
Metodología
Observaciones de metodología
La Corte realizó una interpretación de los derechos a la seguridad social respecto a la compensación familiar la que tienen derecho personas trabajadoras con fundamento en decisiones nacionales y preceptos convencionales.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos
La Corte declaró la exequibilidad del artículo 72 de la Ley 633 de 2000 y en el párrafo 1° del artículo 19 de la Ley 789 de 2002.
¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
La sentencia declaró constitucionales las expresiones contenidas en los preceptos legales analizados respecto a los dos mecanismos de afiliación voluntaria a las Cajas de Compensación entre personas desempleadas y trabajadores independientes tras considerar que las acciones afirmativas que se tuvieron para un sector no fomentaba desigualdad con el otro sector.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)
Sistema Universal de Derechos Humanos. Comité DESC. Observación General No. 3, Principios de Limburgo.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de Colombia, Ley 633 de 2000, Ley 789 de 2002.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución
La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia declaró exequible las normas que regulaban la filiación de los trabajadores independientes a cajas de compensación, respecto al subsidio familiar como una prestación.
Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: FILIACIÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES A CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR-No configura una medida regresiva en materia de derechos sociales. DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES-Desarrollo jurisprudencial. El subsidio familiar es “una prestación social pagadera en dinero, en especie y en servicios a los trabajadores de medianos y menores ingresos, en proporción al número de personas a cargo y su objetivo fundamental consiste en el alivio de las cargas económicas que representa el sostenimiento de la familia, como núcleo básico de la sociedad.
Año de la sentencia