La Corte se declaró inhibida para adoptar una decisión de fondo respecto a la violación del artículo 302 de la Constitución, formulado contra la expresión “de Pasto” contenida en los artículos 1 y 3 de la Ley 706 de 2001. Asimismo, declaró exequible la expresión “de Pasto” contenida en los artículos 1 y 3 de la Ley 706 de 2001 por considerar que no resultaba discriminaría ni desconocía los derechos culturales de los demás carnavales celebrados y no los deja en desprotección.
Sistema Universal de Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, Convención sobre los Derechos del Niño, Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco, Declaración Universal sobre Diversidad Cultural, Comité DESC. Observación General No. 21 sobre el derecho de todas las personas a tomar parte en la vida cultural, Principios de Limburgo, Consejo de Derechos Humanos. Reporte de la experta independiente en el campo de los derechos culturales, la señora Farida Shaheed, elaborado de conformidad con la Resolución 10/23 del Consejo de Derechos Humanos.
Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "Protocolo de San Salvador".
La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia resolvió la constitucionalidad de los artículos 1° y 3° de la Ley 706 de 2001, los cuales aparentemente excluían como patrimonio inmaterial de la nación a los carnavales celebrados en diversas poblaciones. Específicamente, la Sala enfatizó que el patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana. En el caso en concreto se consideró que la declaración de patrimonio cultural de los carnavales de Pasto no implica un desconocimiento del valor cultural de los carnavales realizados en otros municipios.