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Demanda de inconstitucionalidad. C-376-10

Id caso
COL09
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Constitucional de Colombia- Sala Plena
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
2
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Dos hombres reclamaron la inconstitucionalidad del artículo 183 de la Ley 115 de 1994 respecto al cobro de los derechos académicos en la educación primaria, ya que consideraron que eran contrarios a los tratados internacionales y a la Constitución de la República de Colombia.
Observaciones de metodología
La Corte interpretó el derecho a la educación conforme al contenido constitucional, a la jurisprudencia y a las obligaciones internacionales en dicha materia.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte declaró la exequibilidad condicionada del artículo 183 de la Ley 115 de 1994 porque  la competencia que la norma otorga al Gobierno Nacional para regular cobros académicos en los establecimientos educativos estatales, no se aplica en el nivel de educación básica primaria, la cual es obligatoria y gratuita.

¿Hay protección del DESCA?
Observaciones reparación
En la sentencia se declaró la exequibilidad parcial de la norma por ser constitucional y convencional. No se ordenó ninguna reparación.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Universal de Derechos Humanos. Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, Comité DESC. Observación General No. 11, Comité DESC. Observación General No. 13, Convención sobre los Derechos del Niño.

Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos, Carta de la OEA, Protocolo Adicional en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de Colombia, Ley 115 de 1994.
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia analizó el cobro de cuotas académicas en relación con la gratuidad de la educación primaria en la normativa nacional. Específicamente, la Sala indicó que el Estado colombiano tiene la obligación no solo de garantizar el derecho de acceso a la educación de todos los niños y niñas, sino también de asegurar su gratuidad. 

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: EDUACIÓN BÁSICA PRIMARIA EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS ESTATALES-Obligatoria y gratuita. DERECHO A LA EDUCACIÓN DEL NIÑO- Carácter fundamental y prevalente. COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (CDESC)- Observaciones como criterio hermenéutico de la garantía de la gratuidad en la educación primaria. DERECHO A LA EDUCACIÓN- Características.
Año de la sentencia