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Casación Laboral No. 10371-2016

Id caso
PER39
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia de la República del Perú- Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Mujer
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Reintegro de remuneraciones por incremento de la jornada laboral.
Observaciones de metodología
La Corte realizó un análisis de la exacta aplicación del artículo 5 del Decreto Ley No. 26136, referente al tema de las jornadas ordinarias y extraordinarias de trabajo. Asimismo estudió las obligaciones que tiene el Estado derivado de los instrumentos internacionales, en relación con la jornada máxima de trabajo.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte declaró fundado el recurso de casación y ordenó el cese de la sentencia de segunda instancia. Asimismo, se confirmó la sentencia de primera instancia.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Restitución
Reparaciones de Satisfacción
Observaciones reparación
La Corte decretó el pago de remuneraciones económicas, a favor de la demandante. Asimismo, ordenó el reintegro de costas y reconoció la restitución de los derechos laborales. Finalmente ordenó la publicación de la sentencia en el Diario Oficial "El Peruano".
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Universal: Convenio No.1 sobre las horas de trabajo (industria) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) 

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política del Perú, artículo 25; Decreto Ley No. 26136, artículo 5; Decreto Legislativo No. 854.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú señaló que la jornada de trabajo puede entenderse como el tiempo durante el cual el trabajador queda a disposición del empleador, en el marco de una relación laboral. Asimismo, la Corte refirió que en el caso en estudio, negar a la demandante el pago de reintegro de remuneraciones por incremento de la jornada laboral trasgrediría el principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales de los trabajadores. En este sentido, el abono del incremento por extensión de jornada deriva de una disposición legal, como es el Decreto Ley No. 26136 y ahora el Decreto Legislativo No. 854.

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se modificó la relevancia del asunto que decía: "La negación del derecho al pago de reintegro por remuneraciones derivado del incremento de la jornada laboral transgrede el principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales de los trabajadores".
Año de la sentencia