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Casación laboral. 233-CAL-2011

Id caso
ELS16
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Corte Suprema de Justicia- Sala de lo Civil
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Un trabajador denunció el despido injustificado que sufrió, en primera instancia la resolución fue favorable, sin embargo en segunda instancia se revocó la resolución. El hombre interpuso un recurso de casación en el cual la Corte advirtió que la autoridad de segunda instancia no consideró que el documento presentado como renuncia voluntaria, no contiene una renuncia como tal, sino el reconocimiento del pago de una indemnización por despido de hecho sin causa justificada. De igual forma, la Cámara olvidó tomar en cuenta que todo documento en que "conste la renuncia" o el pago de indemnización de un trabajador, sólo tiene valor probatorio cuando esté redactado en un documento privado autenticado o en hojas que extendidas por la Dirección General de Inspección de Trabajo o los jueces de Primera Instancia con jurisdicción en materia laboral.
Metodología
Observaciones de metodología
La Corte verificó la actuación de la Cámara Primera de lo Laboral y la incorrecta observancia del Código del Trabajo.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte casó la sentencia impugnada; condenó a la demandada a pagar cierta cantidad por los conceptos de indemnización por el despido impetrado, pago de vacación proporcional, pago de aguinaldo proporcional y los salarios caídos en ambas instancias; y ordenó devolver los autos al tribunal de origen.

¿Hay protección del DESCA?
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución de la República de El Salvador; Código de Trabajo; Código Procesal Civil.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador señaló que todo documento en que conste la renuncia o el pago de una indemnización en favor de un trabajador, únicamente tiene valor probatorio cuando esté redactado en un documento privado autenticado o en hojas que extienda la Dirección General de Inspección de Trabajo o los jueces de Primera Instancia con jurisdicción en materia laboral, en las que se hará constar la fecha de expedición. En el caso en concreto, al confirmarse una interpretación contraria de la normativa laboral se ordenó en favor del trabajador, el pago de una indemnización por despido y de diversas prestaciones laborales. 

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: Se determinó, en favor del trabajador, el pago de una indemnización por despido y de diversas prestaciones laborales al confirmarse una interpretación contraria de la norma aplicable, así como la ausencia de motivación y argumentación en la resolución recurrida.
Año de la sentencia