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Asunto / Caso
Recurso de Casación IUE 2-52750/2015
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales | Protección y asistencia a la familia |
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Estado miembro | Uruguay |
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional | Suprema Corte de Justicia de la República Oriental del Uruguay |
Fecha de resolución | 04-05-2021 |
Demandante / Quejoso | Hombre 1 No aplica |
Grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad | Niños, niñas y adolescentes |
Metodología | Aplicación de la ley, Interdependencia e indivisibilidad |
Derechos Civiles y Políticos | Integridad personal / dignidad de la persona, Reconocimiento a la personalidad |
Estándar internacional | Sistema Interamericano, Resoluciones de otros Tribunales Supremos o Constitucionales |
Relevancia de la resolución |
La Suprema Corte de Justicia de la República Oriental del Uruguay analizó la solicitud de nulidad del reconocimiento de una niña como hija natural presentada por un hombre. La Corte estimó no procedente dicha nulidad absoluta pues involucra aspectos de orden público como la filiación y el estado civil. Estimó que, cuando una persona manifestó su voluntad de hacer este reconocimiento, aun sabiendo que no existía vínculo biológico, con ello pierde el derecho de impugnarlo. Asimismo, consideró que el reconocimiento es un acto jurídico cuyos efectos están dados por la ley, no por la voluntad de los particulares y que la identidad requiere de protección jurídica al ser consustancial a la dignidad humana. |
Síntesis | |
Resolución |