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Amparo directo en revisión 6043/2016

Id caso
MÉX41
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Suprema Corte de Justicia de la Nación- Segunda Sala
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
Un hombre combatió una resolución por medio de la cual se le exigieron cargas adicionales y desiguales en comparación con las mujeres, para beneficiarse de una pensión por viudez.
Observaciones de metodología
La Corte analizó el trato diferenciado previsto en el artículo 14 del Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Contrato Colectivo de Trabajo en razón de la categoría sospechosa de género. Asimismo, se protegió el derecho a la pensión por viudez del hombre quejoso a la luz del derecho a la igualdad y no discriminación entre hombres y mujeres.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La Corte concedió el amparo para el efecto de que se emitiera un nuevo laudo para tener acceso a la pensión de viudez y no se aplique el requisito de que el hombre haya dependido económicamente de la trabajadora fallecida y esté incapacitado, previsto en el artículo 14, fracción I, último párrafo del Régimen de Pensiones y Jubilaciones inserto en el Contrato Colectivo de Trabajo.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Garantías de no repetición
Observaciones reparación
La Corte confirmó la inconstitucionalidad del artículo 14, fracción I, último párrafo del Régimen de Pensiones y Jubilaciones inserto en el Contrato Colectivo de Trabajo. Restituyó el derecho a la pensión por viudez del hombre quejoso y ordenó la emisión de un nuevo laudo en el que no se aplique al quejoso el requisito de haber dependido económicamente de la trabajadora o encontrarse incapacitado. (Restitución: Iniciar/continuar/concluir procesos judiciales/dejar sin efectos sentencias internas)
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley del Seguro Social de 1973; Régimen de Pensiones y Jubilaciones inserto en el Contrato Colectivo de Trabajo
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación expresó que la pensión por viudez tiene como finalidad garantizar la subsistencia de los beneficiarios de los trabajadores, sean hombres o  mujeres, después de su muerte. En el caso en concreto, analizó los requisitos impuestos al viudo o concubino para acceder a la pensión por viudez, específicamente, el acreditar una dependencia económica y encontrarse en completa incapacidad. La Sala advirtió que la distinción está fundada en un trato diferenciado por razones de género, además de que reproduce estereotipos que evitan que las mujeres y los hombres salgan de sus roles tradicionalmente impuestos. En este sentido, concluyó que la distinción de trato se traduce en un perjuicio en contra del hombre viudo o concubino, al imponerle cargas adicionales y desiguales.

Documento síntesis
Resolución
Observaciones generales
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: Se establece que queda prohibida la discriminación o trato diferente por razones de género para obtener una pensión por viudez al solicitar mayores requisitos al hombre, injustificadamente. Los supuestos que contengan un contrato colectivo de trabajo no deben contradecir ni vulnerar los derechos que ya están amparados por la Constitución Federal.
Año de la sentencia