La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó los alcances del derecho a la vivienda adecuada cuando este derecho no se ve trastocado por la celebración de un contrato de compraventa entre particulares, cuyo objeto constituye un bien inmueble ubicado dentro del fraccionamiento en el cual un tercero es propietario de un predio, teniendo el inmueble objeto de la compraventa de presunta propiedad municipal, la característica de que a través del mismo pasa un servicio de agua y drenaje, mismo sobre el que los contratantes pactaron respetar el derecho de paso correspondiente. También señala que la garantía de provisión y acceso a servicios públicos como los de agua y drenaje, debe estar protegida, no sólo en los casos en que exista una inminente violación o transgresión al derecho relacionado, sino cuando surjan riesgos que pongan en peligro la estabilidad o continuidad en el acceso a los referidos servicios, sin embargo el hecho de que se reconozca la aplicabilidad del principio de seguridad jurídica como componente asociado al derecho a la vivienda digna y adecuada.
Id caso
MÉX67
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Suprema Corte de Justicia de la Nación- Primera Sala
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Hombre
1
No aplica
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
¿Hay protección del DESCA?
Estándar internacional
Normativa nacional
Si
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución
Documento síntesis
Resolución
Año de la sentencia