Los habitantes de una comunidad denunciaron la afectación a sus derechos al medio ambiente, vida y salud, derivadas de la construcción de un relleno sanitario que funciona como botadero de basura a cielo abierto. La Corte declaró la legalidad de la construcción del proyecto, sin embargo advirtió la irregularidad en el control de las actividades que se llevaban a cabo en el relleno sanitario, omisiones que generaron la vulneración de los derechos al medio ambiente sano, salud y vida de los peticionarios.
La Corte verificó la legalidad de la actuación de la autoridad ambiental al aprobar la construcción del relleno sanitario. Asimismo, desde el ámbito de las obligaciones internacionales enfatizó el deber de los Estados de promover la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente.
La Corte sobreseyó el amparo en contra del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por la presunta vulneración de su derecho fundamental de petición; declaró sin lugar el amparo por la supuesta vulneración a sus derechos a la vida, a la salud y al medio ambiente sano derivada de la resolución que autorizó la construcción del Relleno Sanitario de Santa Ana; declaró con lugar el amparo solicitado por la conculcación de su derecho al medio ambiente sano por la puesta en riesgo de sus derechos a la vida y a la salud, ocasionada por la falta de control de la actividad del aludido relleno sanitario; ordenó al Ministerio de Medio Ambiente llevar a cabo diversas medidas sobre el monitoreo del relleno sanitario, supervisión de los permisos y del titular del proyecto, para que cumpla con lo ordenado, así como informar sobre el cumplimiento de las medidas; dejó expedita la promoción de un proceso por daños materiales y/o morales ocasionados por la vulneración a sus derechos; y ordenó notificar.
Sistema universal: Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; sistema interamericano: Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador"; Caso Comunidad indígena Yakye Axa Vs. Paraguay; Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución de la República de El Salvador; Ley de Medio Ambiente; Código de Salud; precedentes de la Corte.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador manifestó que el medio ambiente es un elemento determinante para la salud, por lo tanto, el control y la prevención de los riesgos ambientales constituyen una prioridad para la efectiva protección de la salud de la población. En el caso en concreto, la Sala comprobó la falta de control en las actividades que se llevaban a cabo en un relleno sanitario, en el cual únicamente se acumulaban desechos a los que no se les daba ningún tratamiento. Tal situación vulneró el derecho al medio ambiente sano de los peticionarios y se pusieron en riesgo sus derechos a la vida y a la salud.
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: Se puntualizaron algunas de las obligaciones estatales respecto de los derechos al medio ambiente, la salud y la vida. En este sentido, ordenó la vigilancia permanente de un relleno sanitario que ocasiona un perjuicio ambiental en la zona donde se encuentra ubicado, lo cual vulnera los derechos de los habitantes. En la sentencia no se indica el número de caso pero de una búsqueda en internet se localizó el texto de la sentencia con el número identificador (http://www.csj.gob.sv/Comunicaciones/2015/JUN_15/comunicados/27.Amp.%20931-2014%20versi%C3%B3n%20final.pdf)