A una mujer con cáncer de mama se le prescribió un medicamento especial, no contemplado en el cuadro básico del Instituto Salvadoreño de Seguridad Social (ISSS), para lo cual sus médicos realizaron las gestiones necesarias para su compra. No obstante la Sección de Regulación Técnica de Salud (SRTS) negó la compra bajo argumentos económicos.
La Corte analizó la interdependencia entre el derecho a la vida y la salud. Asimismo, utilizó la metodología de obligaciones internacionales porque hizo referencia al contenido mínimo del derecho a la salud desarrollado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
La Corte sobreseyó el amparo respecto al Director General del Instituto Salvadoreño de Seguridad Social; amparó a la demandante frente a la jefa de regulación técnica en salud y su colaborador técnico porque vulneró sus derechos a la salud y la vida; invalidó la resolución donde se negó la compra del medicamento por motivos económicos; ordenó realizar las acciones necesarias a fin de proporcionar los medicamentos para tratar su enfermedad; dejó expedita la promoción de un proceso por daños materiales y/o morales; y ordenó notificar.
Sistema universal: Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General No. 14 El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; sistema interamericano: Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador"
Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución de la República de El Salvador; Ley del Seguro Social; precedentes de la Corte Suprema; Disposiciones Generales de Presupuesto; Reglamento de Aplicación del Régimen del Seguro Social; Listado Oficial de Medicamentos; Manual NILO.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador amparó a una mujer enferma de cáncer, en contra del Instituto Salvadoreño de Seguridad Social (ISSS) por negarle un tratamiento de quimioterapia, ya que indicó que cuando a una persona no se le preste el servicio farmacéutico prescrito como el adecuado o efectivo para tratar su padecimiento por motivos puramente económicos, se afectan sus derechos a la salud y a la vida.
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador amparó a una mujer, enferma de cáncer, en contra del Instituto Salvadoreño de Seguridad Social (ISSS) por negarle un tratamiento de quimioterapia.