El Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor dictó una resolución favorable para los ahorrantes de un banco. Al respecto reconoció que les realizaron cobros indebidos derivados de un recargo por inactividad y una comisión por administración de cuentas de ahorro. Dicha resolución fue revisada por la Sala de lo Contencioso Administrativo quien declaró ilegal tal resolución. La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Costa Rica verificó la actuación de la Sala de lo Contencioso y determinó que se vulneró el derecho de propiedad de los ahorrantes.
La Corte declaró con lugar el amparo por la vulneración del derecho a la propiedad de los ahorrantes del Banco Salvadoreño; dejó sin efecto la sentencia de la Sala de lo Contencioso quien declaró la ilegalidad de las decisiones del Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor; dejó expedita a los ahorrantes la vía de indemnización por los daños materiales y/o morales ocasionados por la vulneración y ordenó notificar al resolución.
Constitución de la República de El Salvador; Ley de Protección al Consumidor; precedentes de la Corte.
¿Se derivó jurisprudencia?
no
Relevancia de la resolución
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador advirtió que la Sala de lo Contencioso Administrativo, al revisar la resolución emitida por el Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor, únicamente podía excluir o disminuir la responsabilidad del banco demandado pero no para generar un impedimento injustificado a los ahorrantes del banco para que pudieran usar, gozar y disponer libremente de sus bienes, situación que vulneró el derecho a la propiedad de los ahorrantes.
Se modificó la relevancia, la cual indicaba: Miembros del Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor presentaron un amparo ante la Sala Constitucional por la vulneración del derecho de propiedad de los clientes del Banco Salvadoreño S.A. Hace una definición amplia del concepto de consumidor.