La Corte rechazó la acción de inconstitucionalidad e impuso costas a la parte accionante.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia analizó la objeción de conciencia en el ámbito laboral. En el caso, una empresa impugnó las resoluciones de primera y segunda instancia donde se le condenó a reintegrar a un trabajador. La empresa alegó que se encontraba impedida para reintegrarlo por razones éticas. La Sala indicó que la objeción de conciencia solo puede ser reconocida en los casos en que la propia Constitución o la ley la admitan, lo que no sucede en la materia laboral. Asimismo, señaló que la incompatibilidad entre el trabajador y el empleador debe ser probada en juicio. En este sentido, la Sala resolvió que la incompatibilidad alegada ya había sido estudiada y resuelta en las instancias anteriores por lo que no podía reexaminar dicha cuestión.