Acción de inconstitucionalidad 33/2015

Id caso
MÉX27
Estado miembro
Tribunal / Corte Suprema o Constitucional
Suprema Corte de Justicia de la Nación- Pleno
Tipo de vía judicial
Tipo de vía judicial por país
Fecha de resolución de la sentencia
Demandante / quejoso
Persona jurídica
1
No aplica
Personas y grupos expuestos a condiciones de vulnerabilidad
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Tema
El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos promovió una acción de inconstitucionalidad en contra de diversos preceptos de la Ley General para la Atención y Protección a personas con la Condición de Espectro Autista. La Corte indicó que los preceptos normativos que prevén lo relativo al certificado de habilitación, documento que hace constar que la persona es apta para el desempeño de actividades laborales, vulnera diversos derechos humanos de las personas con discapacidad como lo es el derecho al trabajo.
Observaciones de metodología
La Corte analizó las distinciones establecidas en ley por razón de discapacidad, específicamente respecto a los certificados de habilitación laboral de las personas con espectro autista a la luz de la Constitución y diversos instrumentos internacionales. Asimismo, indicó las obligaciones derivadas de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad sobre el reconocimiento del derecho a trabajar de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones. Respecto al derecho al reconocimiento de la personalidad y capacidad jurídica de las personas con discapacidad, consideró que debía ser interpretado conforme a lo establecido por el Comité sobre los Derechos de las personas con Discapacidad. Por último, desarrolló el contenido del derecho al más alto nivel de salud y las obligaciones de los Estados, derivadas de instrumentos internacionales y establecidas en el marco nacional, para el acceso a servicios médicos de las personas con discapacidad.
Derechos Civiles y Políticos (relacionados)
Sentido de la resolución en relación a la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Efectos

La  Corte declaró la validez de algunos preceptos de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición de Espectro Autista y la invalidez de los artículos 3, fracción III, 10, fracción VI, 16, fracción VI, y 17, fracción VIII, en los términos siguientes: (I) la fracción III del artículo 3 se invalida en su totalidad; (II) el precepto 10, fracción VI, únicamente en la porción normativa que señala "al igual que de los certificados de habilitación de su condición"; (III) el artículo 16, fracción VI, sólo en la porción normativa que señala "los certificados de habilitación"; (IV) la fracción VIII del artículo 17 se invalida en su totalidad. Asimismo, indicó que surtirá sus efectos cuando se notifiquen los puntos resolutivos al Congreso de la Unión y al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Por último, ordenó la publicación de la sentencia en el Diario Oficial de la Federación.

¿Hay protección del DESCA?
Reparaciones de Garantías de no repetición
Reparaciones de Restitución
Reparaciones de Satisfacción
Observaciones reparación
La Corte restituyó los derechos de las personas con discapacidad al trabajo, en igualdad de condiciones, a la salud y el reconocimiento de su personalidad y capacidad jurídica. Asimismo, declaró la invalidez de los artículos 3, fracción III, 10, fracción VI, 16, fracción VI, y 17, fracción VIII, de la Ley General para la Atención y Protección a las Personas con la Condición de Espectro Autista. Finalmente, ordenó la publicación de la sentencia en el Diario Oficial.
Estándar internacional
Estándar(es) internacionale(es)

Sistema Universal: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Observación General No. 5 sobre las personas con discapacidad del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; Observación General No. 1 sobre la igualdad ante la ley del Comité de Derechos de Personas con Discapacidad; Sistema Interamericano: Convención Interamericana para Eliminar todas las Formas de Discriminación contra las personas con Discapacidad; Convención Americana sobre Derechos Humanos; Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Caso Artavia Murillo y otros vs Costa Rica, Caso Vélez Loor vs Panamá y Caso Norín Catrimán y otros vs Chile de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Normativa nacional
Si
Norma(s) Nacional(es)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley General para la Protección a Personas con la Condición de Espectro Autista
¿Se derivó jurisprudencia?
si
Relevancia de la resolución

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la condición de Espectro Autista y determinó que los preceptos normativos que prevén lo relativo al certificado de habilitación, documento que hace constar que la persona es apta para el desempeño de actividades laborales, vulnera diversos derechos humanos de las personas con discapacidad como lo son el derecho al trabajo, la libertad de profesión y oficio, a la salud y a la igualdad, al ser contrarios a diversos estándares nacionales e internacionales.

Documento síntesis
Resolución
Criterios derivados
Observaciones generales
Se adecuó la relevancia, la cual indicaba: Se realizó un análisis jurídico a diversos artículos de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la condición de Espectro Autista determinando que los preceptos normativos que prevén lo relativo al certificado de habilitación, -documento que hace constar que la persona es apta para el desempeño de actividades laborales- resultan violatorios de derechos humanos como el trabajo, libertad de profesión y oficio así como el de igualdad, por lo que, se declaró su invalidez en virtud que no permite la materialización de una política pública que incluya a las minorías.
Año de la sentencia